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Nabarralde | Nabarra Papers
La
reconstrucción nacional
Jon
Urrujulegi
El
12 de setiembre de 1988 se firma el Acuerdo de Lizarra, como fruto
de una labor de consenso, que crea grandes expectativas de cara a
la normalización política en Euskal Herria. Un mes más
tarde, Aznar lo califica como «una burla para la sociedad vasca».
El
17 de setiembre del mismo año, ETA declara en su comunicado
una tregua unilateral e indefinida, manifestando explícitamente
que desde ese momento «su deseo es que los acontecimientos futuros
puedan determinar el carácter definitivo de esta suspensión».
Los acontecimientos futuros debían plasmarse en una declaración
por parte del Estado español de la aceptación de la democracia
vasca. Mayor Oreja habla de tregua-trampa.
Al
inicio de este proceso democrático vasco, los firmantes del
Acuerdo de Lizarra con su voluntad de sintetizar el contenido del
mismo, adoptan como expresión más característica,
la de «construcción nacional». Además de
la labor diaria de los amplios sectores populares acordes con el nuevo
preceso democrático, la construcción nacional debía
materializarse en la creación del ámbito vasco de decisión
y en el reconocimiento por parte del Gobierno de Madrid del ejercicio
del Derecho de Autodeterminación. De todos es conocida la respuesta
hipernacionalista española que el Gobierno de Madrid, en total
consenso con el PSOE, dio a la gran iniciativa de ETA, negándose
rotundamente a iniciar serias negociaciones bilaterales. Su actuación
ha consistido, lamentablemente, en redoblar, si cabe, sus esfuerzos
contra la organización armada de liberación nacional
vasca.
Sin
embargo y como otros muchos, pienso que la «construcción nacional»
como expresión actual, siendo muy plausible por la intención
que conlleva, no es afortunada y que debería sustituirse sistematicamente
por la de «reconstrucción nacional». Y la alternativa
no es cuestión baladí.
La
personalidad nacional de Euskal Herria es innegable. Con diferentes
denominaciones, Euskal Herria ha estado poblado por diversos grupos
humanos: vascones, várdulos, caristios, autrigones, berones...
En tiempos de la dominación romana, los vascones ocupaban un
amplio territorio cuyos linderos eran «al Norte el Pirineo y
al Este una línea que arranca
en el Pirineo bastante más a Oriente
que la ciudad de Jaca, y pasando entre ésta y Huesca,
terminaba al otro lado del Ebro, cerca de donde este río recibe
las aguas del Jalón». Al Ebro se le llamaba en el siglo
III «río de los vascones». En el ámbito
circumpirenaico, pues, nadie pone en duda que el verdadero protagonismo
en el periodo de los siglos V a VII, lo tuvo «un colectivo humano
conocido desde antiguo en las fuentes escritas de la época
romana, que alcanzará en este periodo una relevancia notable,
los vascones». Se puede leer en La Navarra Marítima (Pamiela,
1998) que los vascones estuvieron más tarde presentes en lugares
tan distantes entre sí como las riberas del Garona, incluso
más al norte».
De
la resistencia de los vascones a los visigodos y a los francos, surgió
el Reino de Pamplona. Siguiendo a la misma fuente, vemos que fueron
los francos quienes, para distinguir a los vascones plenamente independizados
de los dominados por ellos, comenzaron a llamar a los primeros navarros.
Así, conforme se iba ampliando el territorio vascón
libre, se iba extendiendo la denominación navarro. En cambio,
para los visigodos, que no dominaron establemente a los vascones,
el nombre fue el mismo.
Pasado
el poder de los Aritza a los Semenones, éstos y en especial
Sancho Garcés (905-926) recuperaron de los musulmanes las antiguas
tierras vasconas de Viguera, Albelda, Calahorra y Nájera. Con
este rey el Reino de Pamplona llegó a su mayor apogeo.
A
partir de 1162 se impone, tanto en los documentos de la Chancillería
navarra como en los de los demás poderes soberanos (Papado
y demás reinos), únicamente la denominación de
Navarra para referirse al conjunto de los territorios que formaban
el Reino (Iruñea, Araba, Bizkaia, Gipuzkoa, Errioxa y Tutera).
Navarra era, pues, un Reino europeo.
Así
podemos hablar sobre el Derecho Navarro o sobre la singularidad del
Derecho Pirenaico en contraposición al Derecho Germánico.
El sentimiento étnico germánico se sustentaba en los
vínculos personales y gentilicios con el jefe, que eran de
índole privada. En el Derecho pirenaico, el apelativo «vascones»
hace referencia a un sentimiento de pueblo, a la pertenencia de todos
y a la defensa de los intereses de la colectividad. Este concepto
de pueblo se desarrolla, pues, en el ámbito del Derecho público
y el germánico en el Derecho privado. El Derecho Pirenaico,
«ceñido a la Cordillera Pirenaica y extendiéndose
hasta el río Garona y hasta el Ebro, por encima de las
actuales mugas estatales, regionales y provinciales, coincide con
una cultura, con un pueblo, con unas lenguas propias del país».
El derecho navarro fue precisamente “donde el sistema jurídico pirenaico
llegó a su mayor plenitud, porque conformó el sistema
completo de un Estado propio». Acuñamos moneda en Jaca,
en Pamplona.
El
respeto a nuestra historia nacional, tantas veces manipulada, tergiversada,
sustituida por los conquistadores castellanos y sus actuales herederos,
y reconociendo el Estado que fuimos sustentado en el sistema jurídico
navarro, requiere que el discurso actual recupere la expresión
de «reconstrucción nacional». Esta reconstrucción
nacional y social debe conllevar centros de poder propios, espacio
económico propio, capacidad juducial y policial propia, cultura
y educación incluidas escuelas infantiles hasta la Universidad.
Pienso que ya ha llegado la hora de tomar decisiones políticas
contundentes. Nos hallamos ante una situación límite.
El estado es negociable, la nación vasca es innegociable.La
democracia no tiene que estar legitimada sólo por las mayorías,
también por las libertades. El PNV debe abandonar su ambigüedad
y decantarse de una vez para siempre ante la urgente solución
a nuestro problema nacional. Necesitamos plena soberanía para
ser. Decía Ardanza en el Club Siglo XXI en 1994 ante la presencia
y aplausos de Xabier Arzalluz.: "No vengo a reclamar la independencia
de Euskadi, sino a hacer renuncia expresa de ella". Mientras
perviva la violencia estructural, omnímoda y omnipresente,
que por secular e interiorizada no es menos violencia -seamos sinceros
y coherentes-, el pueblo vasco no puede ni debe renunciar a ningún
instrumento de lucha en tanto no se sientan las bases para la solución
negociada del contencioso, hasta que no se acuerden los soportes para
una futura reconstrucción nacional.
2000-01
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