Desconectemos del franquismo

La Derogación de la Ley de Amnistía de 1977

Los últimos días hemos podido escuchar varias noticias contradictorias que ponen en cuestión la llamada «transición española», en el contexto del proceso de autodeterminación catalán y por iniciativa de la Comisión de la Dignidad ha presentado al Parlamento una propuesta de ley de reparación «jurídica» de las víctimas del franquismo,

este instrumento legislativo pretende declarar nulas las sentencias dictadas por la jurisdicción militar española empleando consejos de guerra contra ciudadanos catalanes, esta nulidad radicaría en las competencias plenas en el ámbito de la justicia de la Generalitat de Cataluña según el Estatuto del 1932 y la legislación derivada, se argumenta además que la Legalidad no habría sido restablecida en Cataluña hasta la restauración de la Generalitat por la ley 41/1977; por otro lado sin embargo y en un sentido contrario escuchamos cómo estos días la instrucción del Procedimiento 4591/2010 llamada «Querella Argentina» tropieza con la no colaboración de la fiscalía contraviniendo los tratados internacionales firmados por el Estado español en materia de extradición y auxilio judicial entre los países que los juristas llamamos democráticos y de derecho, se argumenta en este sentido que existe una Ley de Amnistía de 1977 que ampara los crímenes cometidos por las autoridades españolas durante la dictadura.

Todo ello nos debería hacer reflexionar al respecto sobre qué» Legalidad «está en vigor actualmente en territorio catalán y si ésta es legítima o emana de un monopolio de la violencia viciado pues tiene un origen criminal según los estándares internacionales.

Miremos atrás, a 1938, el ejército español insurrecto a la República Española decidió ilegalmente abolir la Generalitat, así que una vez conquistado nuestro país y hasta en 1946 instaura el «Servicio de Ocupación» como máxima autoridad civil y militar en Cataluña, un modelo que tristemente los nazis después exportaron a otros países, este organismo se encarga de destruir cualquier vestigio de democracia mediante el uso de una serie de leyes que luego fueron validadas por la Constitución Española de 1978 (CE1978) como incorporadas al ordenamiento jurídico español. Hablamos de leyes como la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939 y 1942, Ley de Represión de la masonería y el comunismo de 1940, etc.

Algunos me dirán que estas leyes fueron derogadas expresamente por la Ley de la Memoria Histórica de 2007. Pues bien, las leyes se han derogado ‘ex lege’ pero sus efectos en ningún caso. Por lo tanto, hay miles de particulares y personas jurídicas que fueron expoliados de sus patrimonios y derechos y hoy en día aún no han recibido ningún resarcimiento. Y si dejamos de lado el punto de vista material y vamos directamente a los daños personales, es decir a los delitos contra las personas, nos encontramos con una situación más grave. Resulta que en 1977 se sanciona una ley llamada de ‘Amnistía’ en la que el Estado español se autoexonera de los crímenes cometidos hasta esa fecha contra sus propios ciudadanos. Hablamos de delitos de lesa humanidad imprescriptibles que incluyen desapariciones forzadas así como todo tipo de asesinatos, torturas, violaciones y acciones contra la integridad física y moral de las personas. Esta ley ha sido condenada por la ONU ya que es contraria a la Convención Europea sobre los Derechos Humanos, los tratados de la UE y los principios que rigen la OSCE (Organización para la Seguridad y Cooperación Europea) del que el Estado español es signatario.

Este precedente ha convertido a España en un modelo de impunidad muy lejos de la Justicia transacional aplicada en otros países que han dejado atrás periodos dictatoriales como por ejemplo Sudáfrica o en los países latinoamericanos. Este vicio de origen produce que a lo largo de los últimos 40 años posteriores a la CE1978 hasta día de hoy se hayan sucedido violaciones de los derechos humanos con casos especialmente lacerantes en Euskadi y Cataluña. Por todo ello es imperativo que si queremos ser soberanos «desconectemos» de esta mala praxis.

El Parlamento catalán debería derogar expresamente la Ley de Amnistía de 1977 así como el resto de legislación represiva producida por la dictadura y revalidada por el régimen constitucional del 1978. Hay que crear una herramienta legal para reparar los crímenes y a la vez implementar una institución exitosa como es la constitución de una Comisión de la Verdad para investigar los hechos, escuchar a las víctimas y determinar los culpables.

Cataluña ha de encarar su futuro resolviendo su pasado, no basta con invalidar sentencias a instancia de parte. Es necesario de oficio desconectar del franquismo, es necesario si queremos ejercer nuestro derecho a decidir sin miedo a que las sombras del pasado pesen sobre la voluntad del pueblo catalán. Por eso la palabra impunidad deberá ser desterrada de la futura República Catalana y la mejor manera de hacerlo sería que estas previsiones se incluyeran en una futura ‘Ley de Desfranquización’. ¿Qué honor puede ser mayor para nuestros diputados que tomar testimonio de la soberanía del Parlamento de Cataluña enmudecido por la barbarie franquista en 1939?.

Rompamos el silencio legal, no hay reparación posible sin justicia y no habrá justicia en tanto no delimitemos la obra del Legislador catalán de la corrupción legal impuesta por el dictador y sus epígonos constitucionalistas, el imperio de la Ley catalana debe prevalecer frente a la «razón de Estado» española, éste y no otro debe ser el faro que nos lleve a buen puerto en medio de la tormenta jurisdiccional que se avecina.

*Daniel Laspra, Abogado del CADCI

TRIBUNA CATALANA